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Publicacion Orden de Concesi贸n 3697/2014

De acuerdo con dicha Orden, las subvenciones concedidas se abonar谩n a los beneficiarios, previa presentaci贸n de la documentaci贸n establecida en los art铆culos 9.2 y 21.2 de la Orden 2762/2014, de 28 de agosto, ya citada, que se habr谩 de presentar en el plazo de diez d铆as h谩biles a contar desde el siguiente a la publicaci贸n de la Orden de concesi贸n en el Bolet铆n Oficial de la Comunidad de Madrid. El plazo de justificaci贸n empieza el mi茅rcoles 17 y finaliza el lunes 29 de diciembre, pero se ruega la presentaci贸n de la mismaa la mayor brevedad posible, en los primeros d铆as del plazo con el fin de agilizar la tramitaci贸n y el cobro de la correspondiente subvenci贸n dado que nos encontramos al final del ejercicio presupuestario.

La documentaci贸n a presentar es la siguiente:

  1. a)Certificado del presidente de la asociaci贸n deportiva justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesi贸de la subvenci贸n, con indicaci贸n de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, especificando que se mantiene en competici贸n federada desde el inicio del periodo subvencionable. SE ADJUNTA MODELO.
  2. b)Relaci贸n clasificada de los gastos de la actividad subvencionada, firmada por el presidente de la asociaci贸n, por un importe igual o superior al 100% de la ayuda concedida y que se corresponda con las actividades y gastos previamente solicitados. En dicha relaci贸n deber谩 constar: n煤mero de orden del justificante en la relaci贸n, n煤mero de factura, emisor, fecha de emisi贸n, concepto, base imponible, importe del IVA de la factura, importe total de la factura y porcentaje del IVA.
  3. c)Cuando la actividad haya sido financiada, adem谩s de con la subvenci贸n, con otras subvenciones y/o ayudas p煤blicas o privadas, deber谩 certificarse por el presidente de la asociaci贸n deportiva, el importe, procedencia y aplicaci贸n de tales fondos a dicha actividad. En caso de no darse esta circunstancia deber谩 aportarse certificado que lo indique expresamente. SE ADJUNTA MODELO.
  4. d)Los justificantes de los gastos subvencionados incluidos en la relaci贸n de gastos a que se refiere el apartado b) anterior. Dichos justificantes se presentar谩n en original y copia, y quedar谩n en poder de la Direcci贸n General de Juventud y Deportes para la compulsa de las copias y posterior estampillado de los originales tenidos en cuenta en la subvenci贸n. A estos efectos, son gastos subvencionables los establecidos en el art铆culo 5 de las presentes bases, y en la correspondiente convocatoria.

De acuerdo con los art铆culos 9.3 y 21.3 de la Orden 2762/2014, de 28 de agosto, solo se admitir谩n como justificantes de gastos los siguientes:

-          Facturas, que deben cumplir todos los requisitos legales.

-          N贸minas o recibos de salarios, acompa帽ados de los correspondientes modelos de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y/o de la Seguridad Social.

-          Recibos de prestaci贸n de servicios, ateni茅ndose a la legislaci贸n vigente en materia de IRPF e IVA.

Recordamos que a estos efectos no se admitir谩n como justificantes de gastos los certificados emitidos por las respectivas Federaciones, debiendo aportarse por las asociaciones las correspondientes facturas a que hacen referencia los mismos.

Les recordamos que los registros m谩s cercanos a esta Direcci贸n General son:

Registro del IMDER.                 P潞 de Recoletos, 14-7陋 planta.

Registro de Educaci贸n.             C/ Alcal谩, 30-32

                                                          C/ Gran V铆a, 20

3707355

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